Super de Bancos vuelve a formular cargos contra ItaúCorpbanca por créditos a cascadas de SQM
El banco tiene 20 días hábiles para responder la ofensiva del regulador bancario.
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La Superintendencia de Bancos e Instituciones Financieras (SBIF) volvió a la carga contra ItaúCorpbanca por los créditos otorgados a las sociedades Cascadas de SQM, específicamente por parte de Corpbanca.
Debido a estos préstamos, hay que recordar, el regulador dirigido por Eric Parrado le había impuesto una multa inédita por US$ 30 millones, la cual fue desestimada por la Corte Suprema el 30 de mayo pasado.
En un nuevo capítulo de ese conflicto, la entidad fusionada recibió el 23 de octubre una comunicación por parte del regulador bancario, anunciando la formulación de cargos por las mismas operaciones.
Así se desprende de los estados de resultados de la institución financiera al cierre del tercer trimestre del año.
De acuerdo a lo informado en el documento de ItaúCorpbanca, la firma tiene 20 días hábiles (es decir, hasta el 21 de noviembre) para hacer sus descargos, "sin perjuicio de los demás recursos que franquea la ley".
Cabe recordar la SBIF emitió una resolución el 30 de junio de este año en la cual dispuso continuar un procedimiento administrativo sancionador contra el banco, que fue notificado el 17 de julio de esta decisión.
Así la autoridad siguió persiguiendo las supuestas transgresiones a los límites de créditos universales a empresas de un mismo controlador. En este caso, dineros para Norte Grande, Potasios de Chile y la Sociedad de Inversiones Pampa Calichera, todas sociedades cascadas de la minera no metálica.
Frente a este situación, ItaúCorpbanca interpuso un recurso de reposición en contra de la acción concertada de la SBIF "por considerar que no existe procedimiento administrativo instruido por la SBIF en contra del banco que pueda ser continuado, según lo declarado por la referida sentencia y por el fallo de la Excma. Corte Suprema que desestimó el recurso de queja deducido por la SBIF contra ella".
Sin embargo, el regulador desestimó el recurso, esgrimiendo que el procedimiento se trataba de una etapa indagatoria.